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Amortización Anticipada
de la Hipoteca
- Cuando se procede a la cancelación
o devolución total o parcial de una hipoteca
antes de la fecha pactada, normalmente existirá
una comisión de cancelación
de la misma.
Amortización
- Será la devolución parcial o total
de un préstamo. Pudiéndo ser mensual,
semestral o anual.
Arras o Señal
-
Será la cantidad
de dinero que entrega el comprador al
vendedor como garantía de que comprará
dicho inmueble en un plazo determinado.
Si no se produjese la venta por culpa
del comprador el vendedor se quedará
dicha señal, si fuera por culpa
del vendedor, este es norma común
que proceda a la devolución del
doble señalado. Si se realiza la
operación, las arras son consideradas
como pago la cuenta.
Avalista
-
Persona que interviene
como garante en un préstamo y que asume
las responsabilidades de pago en caso
de que el prestatario no haga frente a
la deuda o a sus intereses.
Cancelación
- Extinción de la hipoteca por liquidación
de la deuda pendiente.
-
Capital
- Importe nominal del préstamo hipotecario.
Es el total de la deuda pendiente, sin incluir
los intereses.
Cargas
-
Deudas inscritas en
el inmueble. Estarán en documento
público e inscritas en el Registro de
Propiedad. Por ejemplo: Hipotecas, créditos,
usufructos, condiciones resolutorias,
etc. No todas suponen derechos económicos
y son cancelables con la extinción del
derecho que representan.
Cédula de Habitabilidad
-
Es el documento que
recoge si la finca elegida es la idónea
para el uso que se pretende dar a la vivienda.
Se elabora antes de la ocupación de una
vivienda de nueva construcción. Es imprescindible
para la obtención de una hipoteca.
Certificado Registral
- Se trata del documento expedido por el
Registro de la Propiedad en el que se expone
la situación de cargas de una finca.
Comisión Apertura
-
Es el importe que se
paga al realizar un préstamo, para costear
los gastos administrativos, informáticos
y de gestión que conlleva su apertura.
El pago se realiza una sola vez y es un
porcentaje sobre el capital prestado.
Comisión Cancelación Anticipada
-
Pago que se realiza
al amortizar anticipadamente una deuda.
Para Préstamos Hipotecarios normalmente
es un 1% y para Créditos Personales está
en torno al 3%, según se pacte con la
entidad financiera.
Comision de Subrogación
-
Porcentaje que se aplica
sobre el dinero pendiente en caso de que
el prestatario cambie de entidad acreedora
para mejorar las condiciones en otro banco.
Costes del Registro de la
Propiedad
- Son los que se derivan de la inscripción
de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
Cuota
- Se trata del Importe a pagar, que es igual
al capital más los intereses.
Diferencial
-
Porcentaje que se añade
al índice de referencia en cada
revisión del tipo de interés
en los préstamos de interés
variable.
Escritura Pública
- Es el contrato definitivo de compra-venta
que se firma ante Notario y atribuye la
propiedad al comprador, que se convierte
en el propietario de dicho inmueble.
Euribor
-
Indice de referencia
oficial. Se define como la media simple
de los tipos de interés diarios, aplicados
para las operaciones cruzadas al plazo
de un año en el mercado de depósitos interbancarios
de la zona de la Unión Monetaria, entre
las 64 entidades financieras con mayor
nivel de negocio.
Fianza
- Es el importe que se entrega a cuenta
para reservar el derecho de compra de un
inmueble.
Garantía Personal
-
Patrimonio del deudor
que comprende todos sus bienes presentes
y futuros. Sirve de garantía para el cumplimiento
de cualquier obligación. Existe la posibilidad
de que responda con sus bienes una tercera
persona que no sea el deudor.
Gastos de Gestión
-
Son los que se producen
por la tramitación y gestión en Notaria,
Registro de la Propiedad y Administración
de Hacienda. Son efectuados por profesionales
de la entidad que concede la hipoteca.
Gastos de Notaria
- Se trata de los honorarios y gastos del
notario.
Gastos de Gestoría
- Son los gastos que se derivan de los trámites
de la escritura, de la liquidación de impuestos
y de las gestiones que se llevan a cabo
en el Registro de la Propiedad.
Hipoteca
-
Derecho real que se
constituye en garantía del cumplimiento
de unas obligaciones contraidas con un
tercero (préstamos, letras). Junto al
pago del principal, garantiza el cobro
de los intereses ordinarios, moratorios,
costas y gastos derivados de la eventual
reclamación judicial en caso de incumplimiento
en el pago.
IBI
- Tasa municipal que grava la propiedad
de una finca. Se cobra anualmente y en función
al valor catastral asignado a la finca.
Impuesto Actos Jurídicos
Documentados
-
Este impuesto grava
las escrituras de constitución de los
préstamos hipotecarios y de la cancelación
de los mismos. Debe pagarse por el hecho
de formalizar la escritura pública. Actualmente,
el tipo de gravamen aplicable es el 0.5%
del valor de la garantía hipotecaria y
lo paga el comprador a Hacienda en el
momento de la adquisición.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
- Para viviendas de segunda mano. Grava
las transmisiones de patrimonio que implican
un intercambio de bienes. El tipo aplicable
es el 6%.
Interes de Demora
-
Interés adicional que
se cobra sobre las cuotas no pagadas de
un préstamo. Se calcula en función de
los días de retraso en el pago, son pactados
a priori por la entidad financiera y el
cliente.
Indice de Referencia
-
Lo componen los valores
del mercado hipotecario o financiero empleados
para revisar los tipos de interés de los
préstamos a tipo variable. El Banco de
España se encarga de establecer los índices
de referencia oficiales.
Interés Fijo
-
El tipo de interés
nominal permanece invariable a lo largo
de la vida del préstamo con independencia
de las variaciones del mercado hipotecario.
Permite asegurar que aunque varíen los
tipos de interés, no cambiarán las condiciones
de su préstamo, y pagará siempre lo mismo.
Interés Variable
-
Se fija en relación
con un índice de referencia, que evoluciona
al alza o a la baja según las oscilaciones
del mercado, al que se suma un margen,
estableciéndose una revisión periódica
de actualización del índice. En esta modalidad,
el tipo de interés se revisa semestralmente,
de modo que la cuota mensual se ajusta
a las tendencias del mercado. En este
caso, el plazo de su préstamo se mantendrá
siempre fijo, variando periódicamente
las cuotas mensuales.
IVA
-
En el caso de viviendas
de primera mano. Grava la venta cuando
el que vende es un empresario. Es el 7%
del valor de la vivienda.
Licencia de Obra
-
Se trata de un permiso
que conceden los Ayuntamientos para poder
iniciar obras o modificaciones en la arquitectura
de un inmueble.
Notaría
-
El notario da fe pública
de la escritura, es decir, certifica la
operación y podrá ser elegido libremente
por el solicitante de entre los que operen
en la plaza
Notario
- Profesional con capacidad legal para dar
fe pública de los actos en los que interviene.
Novación
- Cambio en el plazo o en el tipo de interés
pactado, o ambos.
Periodicidad
-
Es la frecuencia con
la que se pagarán las cuotas del préstamo;
por lo que es recomendable que coincida
con la periodicidad de sus ingresos.
Periodo de Revisión
- Es la frecuencia en la que se modifica
el tipo de interés cuando se trata de una
hipoteca a tipo variable. Normalmente son
semestrales o anuales.
Plazo de Amortización
-
Es el periodo establecido
en el préstamo para su total devolución.
Hay que tener en cuenta que el plazo más
adecuado es aquel que permita pagar las
cuotas cómodamente. Por tanto, la elección
del plazo de amortización se deberá hacer
siempre en función de su capacidad de
reembolso.
Préstamo Hipotecario
-
Es una operación financiera
por la cual se permite acceder a la vivienda
que usted desea pudiendo obtener unos
importes de financiación superiores, a
unos tipos de interés bastante más reducidos
que los concedidos en otro tipo de préstamos
en los que el inmueble no queda hipotecado
como garantía del pago de la operación
tal y como ocurre en este tipo de préstamos.
Se formaliza en documento público y sus
derechos se constituyen con la inscripción
en el Registro de la Propiedad.
Registro
-
Son los gastos generados
al inscribirse la hipoteca en el Registro
de la Propiedad. Estos gastos serán por
cuenta del prestatario. La base imponible
es la "responsabilidad hipotecaria" y
también se aplica una tarifa porcentual
establecida legalmente sobre esta base.
A esto se añaden los aranceles registrales
devengados por el asiento de presentación
y las notas marginales.
Registro de la Propiedad
-
Oficina pública que
tiene por función llevar los libros oficiales
en los que consten todas las circunstancias
que afectan a las fincas de la demarcación
correspondiente a dicho Registro. Estas
circunstancias son las relativas a la
propiedad: cargas, transmisiones, notas
marginales, etc.
Responsabilidad Hipotecaria
-
Es la suma de todos
los conceptos que son garantizados mediante
la hipoteca ( el capital prestado, los
intereses normales y los intereses de
demora, costas judiciales, gastos, etc.).
Sobre esta cantidad es sobre la que se
calculan los gastos de formalización y
cancelación de una hipoteca.
Seguro de Amortización
-
No es obligatoria su
contratación pero es conveniente contratarlo
siempre que se formalice un préstamo hipotecario.
Este producto está especialmente diseñado
para los titulares de préstamos hipotecarios,
y garantiza la amortización del préstamo
en caso de muerte o invalidez del titular
o los titulares.
TAE (Tasa Anual Equivalente)
-
Es el coste efectivo
anual del préstamo. Tiene en cuenta no
sólo el tipo de interés inicial sino también
sus posibles revisiones, el plazo de amortización
y las comisiones ligadas a la operación.
En definitiva, es el tipo de interés real
que usted pagará en su préstamo.
Tasación
-
Valor certificado del
inmueble. La lleva a cabo una empresa
independientemente especializada, según
obliga la Ley Hipotecaria.
Tipo de Interés
- Porcentaje que se aplica al capital pendiente
de un préstamo para calcular los intereses
que deben abonarse.
Tipo de Interés Nominal y Tipo de Interés
Real
-
El tipo de interés
nominal es la expresión porcentual de
la rentabilidad de un instrumento financiero
en relación a su precio. Descontando el
efecto de la tasa de inflación esperada
durante la vida del mismo, se obtiene
el tipo de interés real.
Verificacion Registral
-
Comprobación de la
situación de la finca en el Registro de
la Propiedad. Se puede hacer a través
del examen directo de los libros, de nota
simple informativa o de una certificación
del Registrador.
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Llámanos al 928
26 09 25
para consultar cualquier duda.
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